El tráfico humano, llamado también tráfico de personas, es una forma de esclavitud moderna en la que los traficantes atraen a las personas con falsas promesas de empleo y de una vida mejor. Frecuentemente, los traficantes se aprovechan de personas pobres y desempleadas a las que les falta acceso a servicios sociales. El estatus T de no inmigrante (visado T) protege a las víctimas de tráfico humano y permite que las víctimas se queden en los Estados Unidos para ayudar en una investigación o en el procesamiento penal del tráfico humano.
Elegibilidad de no inmigrante T
Puede que sea elegible para un visado T si:
- Es o ha sido víctima del tráfico humano según lo define la ley
- Está en los Estados Unidos, Samoa Americana, la Comunidad de las Islas Marianas del Norte, o en un puerto de entrada debido al tráfico humano
- Cumple con las peticiones razonables de ayuda en la investigación o procesamiento penal del tráfico humano de una agencia policial (o tiene menos de 18 años o no puede cooperar debido a algún trauma físico o psicológico)
- Demuestra que sufriría penuria extrema relacionada con daños personales extraordinarios y serios si se le hiciera salir de los Estados Unidos
- Es elegible para que se le admita en los Estados Unidos. Si no es elegible para que se le admita, puede solicitar dispensa con un Formulario I-192, Solicitud de permiso adelantado para ingresar como no inmigrante
Para solicitar el estatus T de no inmigrante
Para solicitar un visado T, presente:
- Formulario I-914, Solicitud de estatus T de no inmigrante
- Tres fotografías de tamaño de pasaporte
- Una declaración personal explicando cómo ha sido víctima del tráfico humano (en el Formulario I-914)
- Evidencia que demuestre que satisface los requisitos de elegibilidad
Nota: Se le aconseja que presente el Formulario I-914, Suplemento B, Declaración de oficial policial para víctima de tráfico de personas, para demostrar el apoyo de una agencia policial. El Formulario I-914, Suplemento B sirve como la evidencia principal de que usted es una víctima de tráfico humano y de que ha cumplido con las peticiones razonables de una entidad policial.
Vea los enlaces para los formularios de visado T que aparecen a la derecha de la página.
Para peticionar a los miembros de la familia que sean elegibles
Ciertos miembros de familia son elegibles para una visa T derivada.
Si usted tiene… | Entonces… |
Menos de 21 años | Puede presentar una solicitud a beneficio de su cónyuge, sus hijos, sus padres, y sus hermanos solteros menores de 18 años. |
21 años de edad o más | Puede peticionar a su cónyuge y sus hijos. |
Para peticionar a un miembro elegible de su familia, debe tramitar un Formulario I-914, Suplemento A, Solicitud para miembro de la familia inmediata de beneficiario de T-1, al mismo tiempo que presenta su solicitud o más adelante. Vea los enlaces del visado T que aparecen a la derecha de la página. Para solicitar residencia permanente (una Tarjeta verde [Green card]) para usted mismo o para un miembro de su familia que sea elegible, vea el enlace de “Tarjeta verde para un no inmigrante T” que aparece a la derecha de la página.